Las constructoras deben tener ya el 30% de la plantilla con contrato fijo

Las empresas de la construcción están obligadas a tener, al menos, al 30 por ciento de su plantilla con contrato indefinido a partir del 20 de abril 2010, según establece la Ley Reguladora de la Subcontratación en el sector.

El 20 de abril 2010 se cumplen tres años de la entrada en vigor de la citada normativa, que establecía un plazo de 36 meses desde su aprobación para implantar el citado requisito en las constructoras.

Durante los 18 primeros meses de vigencia de la ley, tan sólo era obligatorio que un 10 por ciento de la plantilla de estas empresas tuviera un contrato indefinido.

Posteriormente, a partir del primer año y medio y hasta que se cumpliesen los tres años desde la aprobación de la normativa, el porcentaje mínimo pasó a ser del 20 por ciento.

El secretario general de la Federación de Construcción, Madera y Afines de CCOO, Fernando Serrano, instó a la autoridad laboral y, más concretamente, a la Inspección de Trabajo, a que verifique el cumplimento de esta Ley y a que aplique “todo el peso sancionador” sobre aquellas empresas que la incumplan.

En este sentido, Serrano aseguró que, “la crisis en la construcción no puede ser una excusa para incumplir la Ley de Subcontratación en el Sector”.

Deducción extraordinaria en el IRPF por obras de mejora en la vivienda habitual

 

Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo.

BOE 13 ABRIL 2010

El Consejo de Ministros el pasado viernes 9 de abril de 2010 ha aprobado un paquete de medidas de choque para el impulso de la recuperación económica y el empleo. Entre ellas destacan:

Deducción extraordinaria en el IRPF por obras de mejora en la vivienda habitual.

CONSULTA DOCUMENTO RESUMEN

 Aplicable por contribuyentes con base imponible inferior a 53.007,20 €

 Para obras realizadas desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley hasta el 31 de diciembre de 2012.

 Objeto: la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energíasrenovables, la seguridad y la estanqueidad, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua,gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, en los términos previstos en el RealDecreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012,así como por las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación realizadas durante dicho período que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda habitual del contribuyente.

 Hasta un 10% de la inversión con una base máxima de deducción de 4.000 € anuales (un máximo de 12.000 € por vivienda durante los años de aplicación de la deducción). Las cantidades no deducidas en el ejercicio por exceder de la base máxima de deducción podrán ser deducidas en los cuatro ejercicios siguientes.

 La base de esta deducción estará constituida por las cantidades satisfechas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las personas o entidades que realicen tales obras. En ningún caso, darán derecho a practicar esta deducción las cantidades

satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.

 En ningún caso darán derecho a la aplicación de esta deducción, las cantidades satisfechas por las que el contribuyente practique la deducción por inversión en vivienda habitual a que se refiere el artículo 68.1 de la LIRPF.

Más información:

http://www.la-moncloa.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2010/refc20100409.htm#Medidas

Per una construcció més segura

El Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya ofereix uns vídeos en 5 idiomes sobre prevenció de riscos laborals en la construcció.

 Es pot fer una petició per rebre els DVD a l’empresa i és gratuït i molt recomanable.

 Cliqueu sobre la imatge:

Tarjeta Profesional de la Construcción 2012

LA TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (TPC) SERÁ OBLIGATORIA PARA TODOS LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2012

Los gerentes y directivos de las empresas del sector disponen de una formación específica de segundo ciclo en prevención de riesgos laborales para obtenerla

A partir del 1 de enero de 2012, todos los trabajadores del sector deberán tener obligatoriamente la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC), tal y como establece el Convenio General del Sector de la Construcción (2007-2011), texto normativo en el que también se recoge que será la Fundación Laboral de la Construcción la encargada de la implantación de dicha acreditación. Hasta la fecha de su obligatoriedad, la obtención de la TPC es voluntaria, aunque ya hay más de 170.000 trabajadores del sector que la han solicitado.

FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONTRUCCIÓN:

Tel. gratuito de información:900112121;

Web corporativa: www.fundacionlaboral.org;

Portal TPC: www.trabajoenconstruccion.com

Nuevo Plan E para ayuntamientos: primeros proyectos

YA SE PUEDEN CONSULTAR LOS PRIMEROS PROYECTOS APROBADOS

Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local

https://ssweb.mpt.es/infofondo2010/info_ciudadanos/

La Prevención de Riesgos Laborales y los trabajadores autónomos

La Delegació de Rubí d’Egarsat Mútua d’accidents ens ha facilitat informació sobre la prevenció de riscos laborals i els treballadors autònoms que us pot ser d’utilitat.

Per posar-vos en contacte amb Egarsat estàn a l Ps. de les Torres, 55 de Rubí - 

Tel. 93.697.26.61 Fax. 93.699.75.51

LA PRL Y LOS TRABAJADORES AUTONOMOS

Nuevo Plan E para ayuntamientos 2010

logotipo-planE

El Boletín Oficial del Estado publica hoy el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, que crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes.

Se puede consultar en:

http://www.mpt.es/servicios/fondo_sostenibilidad.html

 

  • Destinará 5.000 millones  a proyectos de desarrollo sostenible en los municipios, cuyas obras estarán en ejecución a partir del 1 de enero de 2010.
  •  

  • Se financiarán proyectos municipales de desarrollo sostenible relacionados con el medio ambiente, la innovación económica y las iniciativas sociales.
  • Los entes locales podrán destinar un 20 por 100 a gasto corriente destinado la prestación de servicios educativos y sociales, principalmente la atención a personas en situación de dependencia.
  •  Según el artículo 9 del Real Decreto Ley los contratos deben tener por objeto obras de competencia municipal incluidas en alguna de las siguientes tipologías:

    a) Las destinadas a la promoción de la actividad económica, la iniciativa emprendedora y la innovación, como parques empresariales, parques científicos y tecnológicos, centros de conocimiento y viveros de empresa, así como su dotación de infraestructuras para el despliegue y acceso a las redes de telecomunicación de nueva generación.

    b) Las de creación, equipamiento y desarrollo de infraestructuras tecnológicas y de innovación.

    c) Las destinadas a mejorar el acceso a las redes e infraestructuras de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones fijas y móviles, y a su utilización.

    d) Las destinadas a impulsar el ahorro y la eficiencia energética, así como la accesibilidad y utilización de energías renovables.

    e) Las dirigidas a promover la movilidad sostenible urbana y reforzar los modos de transporte menos contaminante, incluyendo sistemas de información de gestión automática y control, y las encaminadas a mejorar la seguridad vial.

    f) Las destinadas a impulsar el ahorro y la eficiencia en la gestión de los recursos hídricos. Construcción, adecuación o mejora de la red de abastecimiento de agua potable a domicilio, de saneamiento y de infraestructuras de depuración de aguas residuales.

    g) Las relacionadas con la gestión y tratamiento de los residuos urbanos con criterios de sostenibilidad.

    h) Las destinadas a la recuperación y conservación de áreas naturales y masas forestales.

    i) Las de prevención y detección de incendios y la limpieza y conservación de las masas forestales, zonas de especial relevancia natural y bosques de ribera.

    j) La construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de centros educativos.

    k) La adecuación, rehabilitación o mejora de edificios de propiedad municipal para la atención a personas en situación de dependencia, así como la supresión de barreras arquitectónicas y mejora de la accesibilidad.

    l) La construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de centros de servicios sociales, sanitarios, culturales y deportivos.

    m) Las de protección y conservación del patrimonio histórico y paisajístico municipal.

    n) Las destinadas a la modernización de la Administración municipal mediante el establecimiento de procesos de gestión documental, digitalización y acceso a redes de comunicación de alta velocidad, fijas y móviles, con especial consideración para aquellos procesos de modernización tecnológica que tengan como objetivo dar cumplimiento al mandato de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

    Consta.org Registre d’empreses sector construcció

    constaLogo

    Què és CONSTA? CONSTA és un registre d’empreses impulsat pel Gremi de Constructors d’Obres de Barcelona i Comarques i la Cambra Oficial de Contractistes d’Obres de Catalunya, gestionat per Applus+, amb el recolzament del Departament de Medi Ambient i Habitatge (mesura 132 del Pacte Nacional de l’Habitatge), que té per objectiu donar visibilitat a aquelles empreses i professionals que fan una aposta clara i decidida per valors com la formació i fidelització del seu personal, la prevenció de riscos o l’atenció diligent de tot tipus de queixa o reclamació duta a terme pel client. Així, per a les empreses inscrites, CONSTA esdevé un segell de qualitat.

    CONSTA agrupa a totes aquelles empreses dedicades a la construcció, reforma, manteniment i rehabilitació d’habitatges a Catalunya, que tenen en comú la voluntat d’ésser reconegudes en el mercat per fer bé la seva feina i assumir les seves responsabilitats en matèria tècnica, civil, fiscal i laboral. És a dir, per la seva professionalitat.

    Qui es pot inscriure? Les empreses sol·licitants hauran de complir les Condicions d’enregistrament següents i seguir el procediment d’inscripció:

  • Ser una empresa legalment constituïda.
  • Estar al corrent de les obligacions tributàries empresarials i de la Seguretat Social.
  • Tenir contractada una pòlissa de Responsabilitat Civil.
  • Haver complert un mínim d’un any en l’exercici de la(es) seva(es) activitat(s).
  • Complir amb el reglament de Consta.
  • Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC)

     TPC

    Esta tarjeta es un documento mediante el cual se acreditan, entre otros datos, la formación recibida por el trabajador del sector en materia de prevención deriesgos laborales; su categoría profesional; y sus periodos de ocupación en las distintas empresas en las que haya ejercido su actividad.

     

    Para la obtención de la Tarjeta Profesional de la Construcción es requisito imprescindible haber recibido, al menos, la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en el Convenio General del Sector de la Construcción.

     

    A través de la web www.trabajoenconstruccion.com, haciendo clik en el menú “¿Dónde tramitar tu tarjeta?”, se puede acceder a un directorio en el que se muestra la ubicación de dichos puntos. También es posible conocer esta información en el teléfono gratuito 900 11 21 21.

    Novedades REA construcción: más documentación

    A partir del día 26 de agosto de 2009  las empresas que contraten o subcontraten la realización de cualquier trabajo en una obra, deberán acreditar que sus empresas contratistas o subcontratistas están inscritas en el Registro, solicitando para ello un certificado de inscripción.

    Este certificado se debe solicitar con anterioridad al inicio de la obra y lo debe solicitar la empresa que subcontrata.

    Se debe  solicitar por internet (se debe tener certificado digital) en la web del Ministerio de Trabajo:

    http://rea.mtin.es/rea/